AYUDANTE DEL AREA DE SALAS MULTIFUNCIONALES
I. Son deberes del ayudante
II. Son prohibiciones del ayudante
III. Son derechos del ayudante
CAPITULO I. DEBERES DEL AYUDANTE:
Art. 1.-Corresponsabilidad de las actividades que se desarrollan y de custodia de los bienes del área.
Art. 2.-Cumplir con el horario asignado, en caso de imprevistos deberá comunicar oportunamente para cubrir con un reemplazo.
Art. 3.-Facilitar al usuario con objetividad la documentación de audio y video.
Art. 4.-Apoyo a los programas y eventos culturales que organiza el CIB.
Art. 5.-Ser responsable de la publicación de los eventos y boletines culturales que organiza el CIB.
Art. 6.-Diseño y publicidad de los diferentes eventos de Videoteca como CINESPOL- CIB (Cine continuo y día de estreno, Boletín Cultural, Cine foro).
Art. 7.-Manejo de los equipos de audiovisuales
Art. 8.-Mantener el control y el orden del material multimedia existente en esta área.(Tesis de grado, colección Cinemateca, documentales de la Videoteca)
Art. 9.-Realizar grabaciones en los diferentes formatos, VHS,CD, DVD y conversiones.
Art. 10.-Filmación y edición de los eventos del CIB
Art. 11.-Realizar reservaciones y brindar apoyo a los diferentes profesores que imparten clases,conferencias con materiales multimedia.
Art. 12.-Reemplazar en el horario de lunch al Coordinador del área.
Art. 13.-Respetar y hacer respetar las normas de orden, mantenimiento de las salas, así como la disciplina de los usuarios.
CAPITULO II. PROHIBICIONES DEL AYUDANTE:
Art. 14.- Usar los recursos del instituto para fines de entretenimiento o lucro personales.
Art. 15.- Desarrollar actividades ajenas a la naturaleza del área de audiovisuales (cortejar, comer, fumar, juegos de azar).
Art. 16.- Incumplimiento de horario sin respectivo reemplazo y autorización.
Art. 17.- Desarrollar actitudes que vayan en contra de la integración del equipo de ayudantes.
CAPITULO III. DERECHOS DEL AYUDANTE:
Art. 18.- Obtener puntualmente el pago de la beca correspondiente.
Art. 19.- Recibir el respeto de los estudiantes.
Art. 20.- Recibir ayuda y apoyo de los ayudantes de red.
Art. 21.- Recibir claves correspondientes dependiendo de la decisión del coordinador.